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TRIBUNAL PERMANENTE DE LOS PUEBLOS
Fundador LELIO BASSO (ITALIA)
Presidente SALVATORE SENESE (ITALIA)
EMPRESAS TRANSNACIONALES
Y DERECHOS DE LOS PUEBLOS EN COLOMBIA, 2006 – 2008
SESIÓN FINAL
Bogotà, Auditorio Leon de Greiff, Universidad Nacional de
Colombia
21 – 23 de julio de 2008
SENTENCIA
SEGRETARÍA GENERAL: FONDAZIONE BASSO
VIA DELLA DOGANA VECCHIA 5 - 00186 ROMA, ITALIA
TEL: 0668801468 - FAX: 066877774
E-mail: tribunale@internazionaleleliobasso.it
– filb@iol.it filb@iol.it
Web: http://www.internazionaleleliobasso.it
1.
INTRODUCCIÓN
1.1 Historia y legitimidad del Tribunal Permanente de los
Pueblos
El Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) es un organismo internacional
no gubernamental que se establece en el año 1979, como institución
que tiene como misión específica la de transformar
en permanente la función que había sido la de los
Tribunales Russell sobre Vietnam (1966-1967) y sobre las dictaduras
de América Latina (1974-1976): garantizar un espacio de visibilidad,
de toma de palabra, de juicio a las violaciones masivas de los derechos
humanos, individuales y colectivos, y a los derechos de los pueblos,
que no encuentran respuestas institucionales a nivel nacional o
internacional. El derecho internacional es sin lugar a dudas un
orden imperfecto, en desarrollo. Aún después de la
institución de la Corte Penal Internacional, que ha excluido
de su competencia los crímenes económicos, para muchas
y quizás la mayoría de las acciones que se producen
o coinciden con la violación de los derechos de vida de poblaciones
no existe la posibilidad de formular juicios que tengan efectividad.
Es el caso específico de todo el ámbito que se refiere
a los crímenes de raíces y mecanismos económicos,
que a lo largo de los últimos veinte años se han transformado
visiblemente en una de las causas principales y más dramáticas
de las violaciones de los derechos humanos.
La necesidad y la urgencia de una función promotora en este
campo, (que es central en esta sesión sobre el rol de las
transnacionales, con respecto a los derechos de los pueblos en Colombia)
han sido percibidas muy tempranamente por el TPP, a través
de una serie de sesiones que han tratado sea los aspectos y los
mecanismos más generales y doctrinales de la relación
entre la pretensión de autonomía de la economía
y la obligatoriedad de los derechos fundamentales, sea la calificación
de sus impactos sobre la vida de las personas y los pueblos reales.
Cabe mencionar específicamente las dos sesiones dedicadas
a las políticas del FMI y del BM (Berlín 1988; Madrid
1994), la sesión sobre la conquista de América Latina
y las orígenes del derecho internacional (Venecia, 1992);
el desastre de Bophal y la irresponsabilidad corporativa (Bhopal,
1991; Londres, 1994); las corporaciones transnacionales y las industrias
textiles, del vestido y de la indumentaria deportiva y sus impactos
sobre los derechos laborales y el medioambiente (Bruselas, 1998);
las malas prácticas de las corporaciones transnacionales
(Warwick, 2001); y finalmente la audiencia sobre políticas
neoliberales y transnacionales europeas en América Latina
(Viena, 2006; Lima 2008), cuyas análisis y conclusiones integran
las consideraciones y los criterios de juicio de esta sentencia.
El carácter de “opinión” del TPP explica
bien por un lado la significación por el otro los límites
de su actividad: no puede ejercer ninguna influencia que no sea
lo que la opinión pública (es decir el sentido y el
apoyo operativo de los pueblos) le puede garantizar; pero su misma
existencia, que se enfrenta y pone en evidencias las lagunas de
las prácticas del derecho a nivel nacional e internacional,
subraya su legitimidad, en cuanto expresión de la soberanía
de los pueblos del mundo y de los organismos de la sociedad civil,
que es la fuente única de la autoridad de los mismos Estados.
1.2 La sesión Colombia y transnacionales
Colombia es por segunda vez objeto de examen y enjuiciamiento por
parte del Tribunal Permanente de los Pueblos. Otra sesión
de este mismo Tribunal se llevó a cabo entre 1989 y 1991
para enjuiciar la impunidad de los crímenes de lesa humanidad,
en un ciclo de audiencias que involucró a doce países
de América Latina, habiendo sido Colombia el primer país
investigado y la sede de la sesión final deliberante que
tuvo lugar en Bogotá del 22 al 25 de abril de 1991. Quince
años después el Tribunal ha aceptado volver a someter
a su examen situaciones graves que afectan la vida y los derechos
fundamentales de la mayoría de la población colombiana,
pero esta vez dirigiendo su mirada específicamente hacia
empresas transnacionales que actúan en Colombia y que se
han ido involucrando también en prácticas violatorias
de los derechos humanos más elementales, articulándose
a las redes de violencia que hunden sus raíces en estrategias
de Estado, incentivadas y patrocinadas por políticas hemisféricas
que buscan legitimarse en imperativos de seguridad para los grandes
inversionistas y empresarios.
Las características de complejidad estructural y gravedad
de las acusaciones del caso Colombia han sugerido organizar los
trabajos del TPP según una trayectoria muy particular, para
permitir por un lado una profundización adecuada de los problemas,
y por el otro para favorecer una participación muy amplia
en el proceso de acopio de pruebas y testigos, que ha permitido
involucrar grupos muy grandes de ciudadanos de cada región
y de expertos, y producir un cuadro particularmente complejo y coherente
de los hechos y de los actores involucrados.
Después de la aceptación en 2005 por parte del TPP
de la acusación general formulada por un espectro muy representativo
de asociaciones y grupos, a lo largo de más de dos años
se han desarrollado seis audiencias temáticas, integradas
por la pre-audiencia sobre la transnacional suiza Nestlé
que tuvo lugar en la ciudad de Berna en el mes de octubre del 2005:
transnacionales agroalimentarias (Bogotá 1 y 2 de abril de
2006), transnacionales mineras (Medellín, 10 y 11 de noviembre
de 2006), transnacionales que afectan la biodiversidad (Zona Humanitaria
de Nueva Esperanza, cuenca del Río Cacarica en el Bajo Atrato
chocoano, 25 y 26 de febrero 2007), transnacionales petroleras (Bogotá
3, 4 y 5 de agosto de 2007); Servicios Públicos (7 y 8 de
abril de 2008); pueblos indígenas (Atánquez, Sierra
Nevada de Santa Marta, 18 y 19 de julio de 2008).
Los procedimientos y la documentación relativa a los testigos
y a los informes técnicos presentados en la preaudiencia
de Berna y en las seis audiencias en Colombia, así como las
decisiones formuladas por los jurados que han presidido cada uno
de los eventos, deben ser evidentemente considerados parte integrante
de este juicio y están disponibles en la página web
http://www.internazionaleleliobasso.it
Los materiales originales, escritos, orales y visuales, que habían
respaldado la remisión de las acusaciones a la sesión
deliberante se encuentran el los archivos del TPP.
1.3 Procedimientos relativos a la sesión final
Según sus estatutos, el TPP ha notificado la existencia de
la sesión conclusiva del proceso a todos los actores involucrados,
invitándolos a ejercer el derecho de defensa, o sometiendo
documentos y/o memorias a la atención del jurado, o haciéndose
presentes.
Las notificaciones han sido entregadas específicamente al
Presidente de la República de Colombia, Álvaro Uribe
Vélez; a las transnacionales (y a las industrias nacionales
con vínculos estrechos con transnacionales) reenviadas al
final de las audiencias preliminares al juicio definitivo; a los
representantes de los Estados donde se encuentran las casas madres
de las mismas transnacionales Dos grupos (que no se habían
reconocidos idóneos al reenvío al juicio final) han
enviado sus motivaciones de defensa. Otros cuatro grupos transnacionales
han contestado para afirmar la falta de competencia jurídica
formal de un tribunal de opinión, y su disponibilidad a observar
solamente compromisos voluntarios (como los del Global Compact).
Las empresas examinadas en este juicio (según el orden en
que fueron presentadas en las audiencias preliminares) son: Coca
cola, Nestlé, Chiquita Brands, Drummond, Cemex, Holcim, Muriel
mining corporation, Glencore-Xtrata, Anglo American, Bhp Billington,
Anglo Gold Ashanti, Kedhada, Smurfit Kapa – Cartón
de Colombia, Pizano S.A. y su filial Maderas del Darién,
Urapalma S.A., Monsanto, Dyncorp, Multifruit S.A. filial de la transnaciona
Del Monte, Occidental Petroleum Corporation, British Petroleum,
Repsol YPF, Unión Fenosa, Endesa, Aguas de Barcelona, Telefónica,
Canal Isabel II, Canal de Suez, Ecopetrol, Petrominerales, Gran
Tierra Energy, Brisa S.A., Empresas Públicas de Medellín,
B2 Gold – cobre y oro de Colombia S.A.
Se ha notificado también la realización de esta audiencia
deliberante a las altas Cortes representadas por Rodrigo Escobar
Gil, presidente de la Corte Suprema de Justicia, Enrique Gil Botero,
presidente del Consejo de Estado, Hernando Torres Corredor, presidente
del Consejo Superior de la Judicatura y Humberto Antonio Sierra
Porto, presidente de la Corte Constitucional. Igualmente fueron
invitados a esta audiencia en cualidades de directores de organismo
de control los señores Edgardo Maya Villazón, Procurador
General de la Nación y Volmar Pérez Ortiz, Defensor
Nacional de Pueblo.
Las audiencias públicas de esta sesión del TPP se
desarrollaron según el programa adjunto en el anexo 1, en
los días 21 y 22. El dictamen fue presentado en el Auditorio
León de Greiff de la Universidad Nacional de Colombia, a
las 4 pm del día 23.
1.4 El Jurado
El Jurado ha sido integrado por lo siguientes miembros del Tribunal:
Adolfo Pérez Esquivel (Argentina), quien presidió
la audiencia, Premio Nobel por la Paz en 1980;
Dalmo de Abreu Dallari (Brasil), profesor de derecho de la Universidad
de Sao Paulo, miembro de la Comisión Internacional de Juristas,
miembro del Consejo de Defensa de los Derechos de la Persona Humana
de la Presidencia de la república de Brasil;
Marcelo Ferreira (Argentina), profesor de Derechos Humanos de la
facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos
Aires.
Francois Houtart (Bélgica), sociólogo, presidente
del Centre Tricontinetal de Lovaina (Cetri); miembro del Comité
ejecutivo del Foro Social Mundial.
Franco Ippolito (Italia), juez de la Corte Suprema de Casación
de Italia, antes presidente di Magistratura Democrática y
de la Asociación italiana de Juristas Democráticos;
fue miembro del Consejo Superior de la Magistratura.
Lorenzo Muelas Hurtado (Colombia), autoridad tradicional del pueblo
Guambiano, ex constituyente y ex senador indígena, Departamento
del Cauca.
Juana Manquecura Aillapàn (Chile), autoridad ancestral del
pueblo mapunche, médica lawentuchefe, miembro del Parlamento
del Koz-cok Mapu.
Vilma Núñez de Escorcia (Nicaragua), vicepresidenta
de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua (1979-1988), Presidenta
del Centro Nicaraguense de Derechos Humanos (CENIDH); desde 1990,
vicepresidenta de la Federación Internacional de Derechos
Humanos.
Antoni Pigrau Solé (España), catedrático de
Derecho Internacional Público de la Universidad Rovira i
Virgili de Tarragona.
Bruno Rütsche (Suiza), secretario del Grupo de Trabajo Colombia-Suiza,
Paz y Derechos Humanos.
Philippe Texier (Francia), magistrado de la Corte de Casación
de Francia y presidente del Comité de DESC de la ONU.
Gianni Tognoni (Italia), director de Investigación en Epidemiología
y Salud Pùblica y Secretario general del Tribunal Permanente
de los Pueblos.
Al concluir esta sesión, el Tribunal Permanente de los
pueblos quiere recordar a uno de sus miembros, Eduardo Umaña
Mendoza, colombiano, quien fue asesinado en Colombia el 18 de abril
de 1998, víctima también del mismo proceso que el
TPP ha evocado en esta ocasión.
Archivo completo:
8304_0_Dictamen_Final_Sesion.doc
(244 KB)
2. CONTEXTO POLÍTICO
3. EMPRESAS TRANSNACIONALES
4. HECHOS PROBADOS
5. FALLO
6. CONSIDERACIONES Y RECOMENDACIONES
7. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
8. CONCLUSIÓN |