|
multinaciones versus ddhh
Derechos contra transnacionales ..proponen
la creación de un código normativo internacional que delimite las
responsabilidades legales de las compañías multinacionales ..denuncian
la falta de coherencia de gobiernos, como el español, que promocionan
los derechos humanos pero luego, en sus políticas económicas, firman
acuerdos bilaterales y comerciales cuyas condiciones favorecen a las
multinacionales españolas, mientras vulneran los derechos humanos de
las poblaciones receptoras
..en
la necesidad de una Corte Internacional que pueda juzgar a las empresas
transnacionales por sus delitos. La idoneidad de una Corte
Internacional sobre derechos humanos que pueda juzgar a las
multinacionales
Rebelion
Derechos contra transnacionales
Erika González, Jesús Carrión Público
La
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos organizó recientemente una consulta pública en Ginebra (Suiza)
sobre el marco de actuación para transnacionales y derechos humanos
-“Proteger, respetar, remediar”- impulsado por John G. Ruggie,
representante especial del secretario general para derechos humanos y
multinacionales. En este ámbito, algunas organizaciones y redes
sociales pusieron sobre la mesa el debate sobre la necesidad de unas
normas de obligado cumplimiento para las multinacionales en materia de
derechos humanos. Aunque este debate tuvo su origen en la década de los
setenta -cuando se intentó aprobar un código vinculante de normas para
las multinacionales en la ONU-, desapareció durante la década de los
ochenta y noventa cuando las propias Naciones Unidas decidieron
impulsar exclusivamente los códigos de conducta voluntarios, como el
Global Compact.
Las
voces que reclaman hoy volver a incorporar en el debate la regulación
obligatoria para las transnacionales fundamentan su propuesta en que
las quejas de afectados y afectadas por los impactos sociales,
económicos, culturales y ambientales de estas compañías no ha parado de
crecer. De hecho, las denuncias están cobrando cada vez mayor
relevancia social y son más difíciles de ignorar y ocultar. Es en este
contexto en el que se debe situar el plan de Ruggie, que, ya en su
análisis inicial, alberga multitud de contradicciones. Por ejemplo, la
postura de Ruggie reconoce que no se puede dejar en manos del mercado y
de la voluntariedad de las empresas el respeto de los derechos humanos,
pero, a su vez, no cuestiona el Global Compact, sino que más bien lo
respalda.
El marco propuesto promueve el deber estatal de
proteger a las víctimas, la obligación empresarial de respetar los
derechos humanos y la mejora del acceso efectivo a mecanismos de
reparación de las víctimas. De estos tres ejes, en la citada consulta,
Ruggie puso la mayor parte de la responsabilidad en los gobiernos
nacionales. Las organizaciones sociales ven en esta postura un aspecto
positivo y numerosos interrogantes. El positivo es que recoge parte de
las demandas de movimientos sociales que denuncian la falta de
coherencia de gobiernos, como el español, que promocionan los derechos
humanos pero luego, en sus políticas económicas, firman acuerdos
bilaterales y comerciales cuyas condiciones favorecen a las
multinacionales españolas, mientras vulneran los derechos humanos de
las poblaciones receptoras. El relator también encomió a los gobiernos
donde se ubican las centrales de dichas transnacionales a la aplicación
del principio de la extraterritorialidad para hacer que dichas
corporaciones respeten los derechos humanos en terceros países donde
actúan.
Ahora
bien, detrás de estos planteamientos se encuentran múltiples
interrogantes. El primero de todos tiene que ver con la crisis de
representatividad que tiene hoy la ONU para resolver cualquier
conflicto. Por otra parte, es altamente cuestionable dejar el control
sobre las multinacionales en manos de gobiernos que comparten intereses
con estas corporaciones y cuyas políticas están subordinadas a acuerdos
internacionales de libre comercio. ¿Es real que los gobiernos de
Nigeria, Sudán, Colombia o Filipinas prioricen los derechos humanos
frente a los derechos de las transnacionales? Pero aún hay más: si
hasta ahora las iniciativas de crear normativas obligatorias sobre
derechos humanos para las transnacionales en la ONU no han prosperado
es porque han contado con la oposición frontal de los gobiernos de
origen, que protegen de forma incondicional los intereses de sus
transnacionales.
Con el fin de aportar a este debate, Enlazando
Alternativas (red birregional Europa-América Latina) y el Tribunal
Permanente de los Pueblos, que llevan años en el seguimiento y denuncia
de los impactos de las multinacionales, proponen la creación de un
código normativo internacional que delimite las responsabilidades
legales de las compañías multinacionales. Además, plantean que se
debería conformar un centro independiente para el seguimiento de las
denuncias de sus impactos e insisten en la necesidad de una Corte
Internacional que pueda juzgar a las empresas transnacionales por sus
delitos. La idoneidad de una Corte Internacional sobre derechos humanos
que pueda juzgar a las multinacionales también fue planteada
recientemente por dos relatores de Naciones Unidas, si bien la
propuesta estaba enmarcada en un proyecto que no pertenece a la ONU
llamado Iniciativa de Suiza. En cualquier caso, las tres medidas
citadas han sido desechadas por Ruggie argumentando que la falta de
recursos económicos y la aprobación de un Tratado por una mayoría de
naciones retrasarían décadas su realización. Dicho argumento contrasta
enormemente con la rapidez con la que el G-20 se puso de acuerdo y
aprobó un presupuesto de más de un billón de dólares para salir al
rescate de la banca en plena crisis financiera.
Para
concluir, el marco “Proteger, respetar, remediar” presentado por Ruggie
traspasa la responsabilidad sobre el control de las transnacionales a
los Estados sin concretar códigos, organismos, ni cortes
internacionales en las que se puedan denunciar dichos delitos. Parece
que, como en otras muchas ocasiones, las palabras se las llevará el
viento. Mientras tanto, y siendo conscientes de que las soluciones no
son sencillas, las víctimas, las organizaciones sociales, sindicales,
ambientales, etc. van a seguir trabajando para poner en la agenda
social estos debates. Y fortalecer así la presión social que obligue a
los gobiernos de origen de las compañías y a las Naciones Unidas a
tener la voluntad política necesaria para hacer respetar los derechos
humanos a las transnacionales en cualquier parte del mundo.
Erika González. Observatorio de Multinacionales en América Latina - Paz con Dignidad (OMAL)
Jesús Carrión. Observatorio de la Deuda en la Globalización (ODG)
Fuente: http://www.omal.info/www/article.php3?id_article=2522
|
|