Introducción
a la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos
Indígenas
Colectivo de Solidaridad con los
Pueblos Indígenas de Sevilla
El
año 2007 ha sido marcado perceptiblemente por la adopción
de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos
Indígenas. La Declaración es el resultado de más
de dos décadas de negociaciones entre los representantes
de los pueblos indígenas, las organizaciones de derechos
humanos y los Estados miembros de la ONU. En las palabras de Les
Malezer, presidente del Cónclave Global de Pueblos Indígenas:
“La Declaración no representa solamente el punto
de vista de las Naciones Unidas, ni representa solamente el punto
de vista de los pueblos indígenas. Es una Declaración
que combina nuestras visiones e intereses y que establece un marco
para el futuro. Es una herramienta para la paz y la justicia que
se basa en el reconocimiento y respeto mutuo.”[1]
El proyecto de la Declaración comenzó hace mucho
tiempo, en el año 1982, como consecuencia del estudio de
Rapporteur Special Jose R. Martinez Cobo, que subrayó las
situaciones de opresión, marginalización y explotación
sufrida por la gente indígena. Por consiguiente, el Comité
Económico y Social estableció un Grupo de Trabajo
sobre las Poblaciones Indigenas (GTPI) para desarrollar un sistema
de estándares mínimos para la protección
de los pueblos indígenas. En 1993, más de una década
adelante, eso GTPI convertió en texto final y lo envió
a un organismo superior - Subcomisión para la Promoción
y Protección de los Derechos Humanos, que lo aprobaron
en 1994 y lo envió a la Comisión de Derechos Humanos
para consideraciones adicionales. La Comisión de Derechos
Humanos, debido a las preocupaciones de los Estados en algunas
de las provisiones, decidió establecer un Grupo de Trabajo
entre sesiones con el mandato de considerar y elaborar el texto
presentado así como redactar un proyecto de Declaración
para ser considerado y adoptado por la Asamblea General (AG) de
la ONU. Además, la Comisión estableció un
procedimiento que permitía a las organizaciones de los
pueblos indigenas participar de forma activa (colaborar en la
redacción de la Declaratión pero sin derechos a
votar) dentro del Grupo de Trabajo. Entre los artículos
más polémicos y discutidos estaban los referentes
a la aplicación de la definición de los pueblos
indígenas; de la autodeterminación y del control
sobre los recursos naturales que existían en las tierras
y los territorios de esos pueblos.
Debido a las dificultades en alcanzar un compromiso entre todos
los partidos implicados, el proyecto de Declaración no
fue adoptado por la AG dentro del Primer Decenio International
como se lo estaba esperando desde el principio. En 2004 había
solamente dos artículos que habían sido aprobados
por consenso. Hacia el final del Primer Decenio International
emergieron claros bloques de Estados, algunos en favor del texto
inicial (Estados Latino Americanos), otros que proponían
una solución mas balanceada (Noruega y Estados Escandinavos)
y los que tensionaban la necesidad de la reformulación
de ciertos artículos (Canadá, Australia, Nueva Zelandia,
Estados Unidos).
En 2005, el mandato del Grupo de Trabajo fue renovado por la Comisión.
Sin embargo, la continuada falta de consenso y avances en el proyecto
de la Declaración hizo con que el presidente del Grupo
– Chavez de Perú, presentara (en la undécima
sesión) la compilación de las ofertas que fueron
discutidas durante la sesión anterior y las envió
al nuevamente establecido Consejo de los Derechos Humanos de la
ONU (CDH). Asi que la Declaración adoptada en junio de
2006 por el CDH es la versión exacta propuesta por el presidente
del Grupo Chavez.[2]
La transformación de la Comisión en el Consejo de
los Derechos Humanos aumentó las discusiones sobre el método
de adopción de la Declaración, es decir, sobre las
maneras posibles de pasar la Declaración a la AG. Finalmente,
la conclusión alcanzada fue que la declaración primero
deberia ser adoptada por el Tercer Comité (Comité
Social, Humanitario y Cultural) y en seguida pasar a la adopción
por la AG.
Se
esperaba que la Declaración fuera adoptada finalmente por
la AG no más tardar que en diciembre de 2006. Sin embargo,
nadie esperaba que el Grupo Africano (liderado por Namibia y Botswana)
interveniera sostenendo dificultades graves con el texto de la
Declaración y aún que no estaban preparados para
aceptar la recomendación del CDH para adoptar la Declaración.
Interesante mencionar que la mayoría de Estados Africanos
no participaron activamente durante los más de 20 años
de negociaciones. En poco tiempo, el Grupo Africano emitió
un Ayuda Memoria para el Proyecto describiendo las preocupaciones
del grupo. Esas fueron basadas sobre todo en la falta de información,
de modo que las iniciativas fueron llevadas así para proporcionar
el maximo de información posible a la delegación
africana.[3] La Declaración finalmente fue adoptada por
la AG en el 13 de Septiembre de 2007, con una mayoría abrumadora
de 143 votos a favor, sólo 4 votos negativos (Canadá,
Australia, Nueva Zelanda y Estados Unidos) y 11 abstenciones.
Total que la Declaración consta de 46 artículos
y establece parámetros mínimos de respeto a los
derechos de los pueblos indígenas, que incluyen propiedad
de la tierra, acceso a los recursos naturales de los territorios
donde se asientan, respeto y preservación de sus tradiciones
y autodeterminación. Además, el documento reconoce
derechos individuales y colectivos relativos a la educación,
la salud y el empleo. La Declaración no es jurídicamente
vinculante, pero representa un instrumento dinámico en
las normas internacionales, que ayudaría a proteger a los
indígenas contra la discriminación y marginación.[4]
Web Links:
- International Work Group for Indigenous Affairs (IWGIA), http://www.iwgia.org/sw622.asp
(3. 4. 2008).
- Office of the High Commissioner for Human Rights, http://www.ohchr.org
(3.4.2008).
- Indigenous Peoples of Africa Coordinating Committee (IPACC),
http://www.ipacc.org.za/eng/about.asp
(3. 4.2008).
[1] IWGIA. Declaración sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas – Una breve historia, http://www.iwgia.org/sw390.asp
(2. 4. 2008).
[2] La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas fue adoptada con 32 votos a favor y 2
(Canada y Federación Rusa) en contra. Los estados africanos
que votaron a favor incluyeron a Sudáfrica, Camerún
y Zambia. 12 estados se abstuvieron de la votación, incluyendo
a 6 estados de África: Argelia, Ghana, Marruecos, Nigeria,
Senegal y Tunes.
[3] Entre las actividades realizadas se menciona las seguintes:
un Grupo de Expertos Africanos en derechos humanos redactó
una minuciosa nota en respuesta a la Ayuda Memoria; expertos africanos
realizaron una visita a Nueva York en abril de 2007, donde se
reunieron con 19 embajadas africanas y discutieron el tema de
la Declaración; los seminarios y mesas redondas fueron
organizados; la delegación de expertos indígenas
visitó los Gobiernos de Camerún, República
de África Central, República del Congo y Burundi;
el tema de la Declaración fue discutido también
en la 41a Sesión de la Comisión Africana sobre los
Derechos Humanos y de los Pueblos, donde la esa reiteró
su postura a favor de la adopción de la Declaración,
considerando que estaba en concordancia con la Carta Africana
y con la postura y jurisprudencia de la Comisión Africana
sobre el tema de los derechos de los pueblos indígenas.
[4] Centro de Noticias ONU (2008) Asamblea General aprueba Declaración
de Derechos de Pueblos Indigenas, http://www.un.org/spanish/News/fullstorynews.asp?newsID=10347&criteria1=indigenas
(3. 4. 2008).
|